27 de septiembre de 2007

Estatuto CEISMUNT

Estatuto del Centro de Estudiantes ISMUNT (CEISMUNT) 2005

Capítulo 1: Declaraciones y derechos:

Art. 1: En San Miguel de Tucumán, a los 29 días del mes de Abril de 2005, los alumnos del Instituto Superior de Música de la Universidad Nacional de Tucumán nos agrupamos en un centro de estudiantes, al que denominaremos Centro de Estudiantes del Instituto Superior de Música de la Universidad Nacional de Tucumán CEISMUNT.

Art.2: Son miembros del CEISMUNT todos los alumnos que pertenezcan a las distintas carreras que ofrece el ISMUNT en todos los niveles.

Art.3: El CEISMUNT se declara defensor de los derechos humanos y de la democracia, repudiando toda actitud que atente contra los derechos y garantías que estipula nuestra Constitución Nacional.

Art.4: El CEISMUNT prescinde de partidismo político. La participación de alguno de sus miembros en este ámbito no compromete al CEISMUNT.

Art.5: El CEISMUNT reconoce a la Federación de Estudiantes de las Escuelas Experimentales de la Universidad Nacional de Tucumán (FEEEUNT) como representante de todos sus integrantes, conforme a los artículos de dicha Federación.

Art. 6: El artículo 5 sólo podrá ser revocado en Asamblea General, cuando razones plenamente justificadas así lo aconsejen.

Capítulo II: Fines y Objetivos:
Art. 7: Conformar una identidad estudiantil que:

a) nos permita organizar y realizar una labor en conjunto que refleje nuestros intereses como estudiantes.

b) Bregar por la formación académica del estudiantado y su proyección al medio cultural.

c) Velar por un mejor nivel académico y funcionamiento de la institución. promoviendo temas y prácticas que respondan a las inquietudes del estudiantado y a la realidad de la época.

d) Bregar por la existencia de concursos públicos periódicos, por oposición y antecedentes para elegir cargos docentes y promover la revisión periódica del rendimiento de los mismos.

e) Incentivar y practicar la democracia, afianzando los valores que le son propios.

f) Promover actividades culturales, deportivas, cívicas, artísticas y sociales para mejorar las relaciones humanas en nuestro Instituto y con las demás instituciones.

g) Tener plena participación en las decisiones que atañan a nuestro Instituto, mediante los Consejeros Estudiantiles en el Consejo Asesor.


Capítulo III: Derechos y obligaciones de los miembros:
Art.8: Los miembros del CEISMUNT podrán participar de las actividades del mismo, conforme a las reglamentaciones estipuladas para éstas.

Art.9: Cada miembro debe exigir que se cumpla con lo que estipula este Estatuto.

Art. 10: Cada miembro tiene el derecho de exigir que el CEISMUNT lo apoye en problemas de cualquier Índole, individual o colectiva.

Art.1l: A los miembros del CEISMUNT les queda prohibido el lucro personal a través de las actividades programadas.

Capítulo IV: de la Asamblea General:
Art. 12: La Asamblea General estará compuesta por iodos los Alumnos del Instituto Superior de Música de la Universidad Nacional de Tucumán.

Art. 13: La Asamblea General se constituirá a pedido de la comisión Directiva por la decisión de la mayoría de sus miembros.

Art. 14: Se constituirá la Asamblea General presidida por el representante de turno con un quórum de: dos miembros representantes del CEISMUNT con las facultades de labrar actas y mediar la participación y, el mínimo de diez alumnos de cualquier carrera y nivel de la institución.

Art. 15: En cada Asamblea se levantará un acta que deje constancia de cada uno de los temas tratados y las resoluciones acordadas en el seno de la misma.

Capítulo V: de la Comisión Directiva.
Art. 16: Cuestiones Generales:

a) La Comisión Directiva estará compuesta por un Colegiado de Cinco Personas con igual grado de autoridad y responsabilidades rotativas. Cada representante estará a cargo de una de las siguientes secretarías: "Cultura y Difusión", "Asuntos Internos”, “Funciones Administrativas (actas y tesorería)” y “Asuntos Externos y Acción Social".

b) La Comisión Directiva permanecerá en sus funciones durante el período de un año con posibilidad de reelección.

c) La Comisión Directiva celebrará reuniones ordinarias semanalmente y reuniones extraordinarias cuando alguno de los miembros directivos lo crea necesario. Las cesiones serán dirigidas por uno de los miembros de la Comisión Directiva.

d) Cada miembro de la Comisión Directiva podrá faltar cinco veces como máximo durante su cargo. Aquel que, sin aviso justificado, dejara de asistir a tres reuniones consecutivas del CEISMUNT o a cinco reuniones alternadas, quedará separado de su cargo.

e) Las cesiones y el voto serán públicos, los acuerdos serán tomados por la mayoría de voto de la Comisión directiva y el alumnado que participe en las reuniones.
f) Todas las cuestiones atenientes a cada Secretaría se resuelven en el seno de la Comisión Directiva. Los planes de trabajo y las tareas que se realicen en representación del CEISMUNT deben ser aprobados en el seno de dicha Comisión siendo ésta en su conjunto la responsable de la conducción del CEISMUNT.

g) La Asunción de la nueva Comisión Directiva se hará en forma pública, debiendo las autoridades anteriores entregar toda la documentación referida a su cargo.

Art. 17: Correspondiente a la Comisión Directiva:

a) La Comisión Directiva deberá cumplir y hacer cumplir este Estatuto y las resoluciones que emanen de la Asamblea.

b) Cada Secretaría deberá tener una comisión conformada por miembros voluntarios del ISMUNT.

c) Cada Secretaría elaborará sus pautas de trabajo respetando el Estatuto en vigencia.

d) En caso de quedar libre un cargo en la comisión Directiva se procederá a una nueva elección del mismo mediante una Asamblea Extraordinaria.

e) La Comisión Directiva coordinará el Cronograma General de actividades y los cronogramas específicos.

Art. 18: Atribuciones y deberes de los miembros de la Comisión Directiva:

a) La Comisión Directiva cumple funciones ejecutivas y rinde cuentas ante la Asamblea General si esta lo solicitare.

b) La Comisión Directiva coordina las reuniones ordinarias y extraordinarias delCEISMUNT.

c) La Comisión Directiva realiza a fin de año un balance de la labor realizada porel CEISMUNT a lo largo del año.

Capítulo VI; de las Secretarias
Art. 19: de la Secretaría de Asuntos Internos:

a. Representa la voz del alumnado en el Consejo Asesor Interno.

b. Informa en la Asamblea General sobre las decisiones tomadas en cada una de las reuniones del Consejo Asesor Interno.

c. Asegura el mejoramiento de las relaciones humanas dentro de la comunidadinstitucional.

d. Presenta balances de gestión durante el año.

Art.20: de la Secretaría de Asuntos Externos y Acción Social:
a. Lleva la voz de nuestro Instituto a otras instituciones y lo representa ante quien fuese menester.

b. Promueve las relaciones de nuestro Instituto con la comunidad tucumana.

c. Mantiene actualizado el archivo en el que se encuentran las comunicaciones recepcionadas o dirigidas a otras instituciones.

d. Presenta balances de gestión durante el año.


Art. 21: de la Secretaría de Cultura y Difusión:

a. Promueve, participa y crea todo tipo de actos culturales para el estudiantado.

b. Mantiene informado al alumnado de toda actividad de interés general.

c. Realiza la publicidad requerida para los eventos organizados por el CEISMUNT.

d. Presenta balances de gestión durante el año.

Art. 22: de la Secretaría de Funciones Administrativas:
a. Resuelve los asuntos económicos relacionados con todo tipo de proyectos del CEISMUNT.

b. Tiene a su cargo el libro de Actas y el Sello del CEISMUNT.

c. Redacta las Actas de las Asambleas.

d. Presenta balances de gestión durante el año.

Capítulo VII: de los representantes ante el Consejo de Escuelas Experimentales
Art.23: Los representantes ante el Consejo de Escuelas Experimentales serán elegidospor voto directo.

Art. 24: Los alumnos de ISMUNT cuentan con dos representantes, un titular y un suplente, ante el Consejo de Escuelas Experimentales, los cuales defenderán las posturas tomadas por los alumnos ante proyectos de dicho Consejo.

Capítulo VIII: de las Elecciones

Art.25: El CEISMUNT deberá ser elegido respetando los siguientes pasos:

a. La Comisión Directiva convocará una Junta Electoral constituida por tres alumnos titulares y tres alumnos suplentes elegidos en Asamblea General. Los integrantes de dicha Junta no podrán ser candidatos de ninguna lista.

b. Son funciones de la Junta Electoral determinar el tiempo para realizar la campaña proselitista, supervisar las elecciones y el conteo de votos.

c. La Junta Electoral se disolverá inmediatamente después de finalizado el Comicio.

Art.26: Se formará una mesa integrada por un representante de cada lista y dosmiembros de la Junta Electoral.

Art. 27: La lista que resulte ganadora deberá obtener el mayor número de votos.

Art.28: En caso de presentarse una sola lista como candidata, no se realizarán comicios y los integrantes de la misma reemplazarán automáticamente a los miembros salientes de la Comisión Directiva del CEISMUNT.

Art. 29 Podrán conformar una lista los alumnos regulares de cualquier carrera y nivel cuya edad supere los dieciocho años.

Art. 30: Tendrán obligación de emitir su voto todos los alumnos regulares de cada unade las carreras y niveles cuya edad supere los quince años.

Capitulo IX: De la reforma del estatuto

Art. 31: Para reformar el estatuto en forma parcial o total será necesaria una AsambleaGeneral con un quórum mínimo de nueve alumnos y dos integrantes de la comisiónDirectiva.

Art.32: La necesidad de reformar el Estatuto deberá ser declarada por la Comisión Directiva, por expreso pedido de alguna de las Secretarías o de un número considerable de alumnos del ISMUNT. Tal pedido será sometido a consideración en asamblea General.

Art. 33: Una vez reformado el Estatuto deberá ser aprobado por Asamblea General e inmediatamente después de esta instancia, elevado al Consejo Asesor.

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